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LOS DELITOS DE COBRO DE PISO, ENGAÑO Y LA AMENAZA TELEFÓNICA DEBEN SER TIPIFICADOS COMO EXTORSIÓN: SENADOR FRANCISCO GARCÍA CABEZA DE VACA.

SENADOR_CABEZADEVACALos delitos de “cobro de piso”, el engaño y la amenaza telefónica deben ser tipificados en la legislación secundaria como extorsión y sancionados hasta con 30 años de cárcel, porque hasta hoy no son atendidos con la urgencia y enfoques diferenciados que se requieren para la aplicación de ley en los 31 estados y el Distrito Federal, indicó el senador panista Francisco García Cabeza de Vaca.
El senador por Tamaulipas informó que con ese fin impulsa en la Cámara Alta una iniciativa de reformas al Código Penal Federal y a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada
Actualmente, dijo, el delito de extorsión se encuentra tipificado en el artículo 390 del Código Penal Federal de la siguiente manera: “Al que sin derecho obligue a otro a dar, hacer, dejar de hacer o tolerar algo, obteniendo un lucro para sí o para otro o causando a alguien un perjuicio patrimonial, se le aplicarán de dos a ocho años de prisión y de 40 a 160 días de multa”.
Agregó que en esta figura radica como elemento esencial la amenaza y la coerción que se ejerce sobre una persona para que, contra su voluntad, entregue algún bien, el cual, generalmente se trata de dinero.
Aseguró que en las últimas décadas, este delito se ha diversificado y ha escalado a niveles superiores de la delincuencia organizada, al involucrar tecnología, capital financiero y una estructura definida que le permite operar en un mercado y territorio específico, logrando grandes beneficios económicos.
Expuso que aún cuando la extorsión es una de las actividades que fortalece a la delincuencia organizada, porque es una de sus vías para financiar sus actividades ilícitas, no existen los suficientes mecanismos en la legislación para hacer frente a su constante evolución.
Explicó que en la actualidad se pueden identificar formas diferentes de extorsión: “El engaño telefónico” es cuando se recibe una llamada que informa somos acreedores a un premio, pero que está condicionado al pago de dinero; con “la amenaza telefónica” se intenta atemorizar a la persona para que pague una cantidad de dinero, y “el derecho de piso”, cuando los delincuentes se presentan en los negocios o empresas a exigir cantidades periódicas de dinero (cuotas), bajo el supuesto de garantizar la integridad física de la víctima y del establecimiento.
Por estas razones, el secretario de la Comisión de Marina urge la necesidad de que se considera la relevancia de este ilícito y sus variantes y a partir de ello establecer las penas aplicables de acuerdo a sus agravantes y los medios de comisión, además de integrarlo al catálogo de delitos que comete la delincuencia organizada.
Argumentó que dentro de las modalidades de la extorsión, el “cobro de derecho de piso” es un secreto a voces cada vez más frecuente en diversos estados del país.
El legislador blanquiazul señaló que los casos son innumerables y puso como ejemplo que en septiembre de 2013, la revista Forbes-México informó que el presidente de la Unión
de Empresarios de Farmacias de México denunció que los grupos delictivos les exigen hasta 30 mil pesos mensuales como “cooperación” a cambio de protección, con amenazas de secuestro de por medio.
Pero alertó que pagar “el derecho de piso” no en todos los casos garantiza la seguridad, al contrario, somete a la víctima a una explotación constante e incrementa el riesgo de sufrir un daño patrimonial mayor, incluso a perder sus propiedades y negocios y resulta rentable para los delincuentes.
Insistió que de acuerdo con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el incremento de ese ilícito a nivel nacional se presentó de manera exponencial, ya que en l997 se presentaron 876 denuncias en todo el país; cifra que para el 2013 se incrementó a 8,042 denuncias, lo que significa que en los últimos 16 años ese delito se incrementó en un 918 por ciento.
Refirió que de una revisión general de los 32 Códigos Penales aplicables en el país, en Nayarit, Nuevo León y Tlaxcala no contemplan el delito de extorsión como tal, sino bajo otros tipos penales, mientras que en los otros 28 estados y el Distrito Federal si se contempla ese ilícito.
Y que las entidades donde más se centra la comisión de ese delito: el Distrito Federal, Jalisco, Morelos, Veracruz, Oaxaca, Michoacán, Estado de México, Chihuahua, Sinaloa, Durango, Guerrero y Tamaulipas.
Para finalizar, el senador Francisco García Cabeza de Vaca indicó que por eso propone modificar el artículo 390 del Código Penal para aumentar las penas por extorsión de cuatro a 15 años de prisión y de 100 a 800 días de multa, y esas penas aumentarán hasta un tanto más (a 30 años) si son realizados por miembros de corporaciones policiacas, de las Fuerzas Armadas o servidores públicos, estén el activo o no.

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