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Pide Olga Elizondo proteger derecho de iniciativa ciudadana

Luego que en 2012 el Congreso federal aprobara una reforma constitucional para reconocer el derecho de las y los ciudadanos de iniciar leyes, la “Iniciativa Ciudadana” fue incorporada al artículo 35 de la Constitución. Asimismo, en el artículo 71 se consideró que, además del presidente de la República, diputados y senadores del Congreso de la Unión, y las legislaturas de los estados y de la Ciudad de México, corresponde el derecho de iniciativa “a los ciudadanos en un número equivalente, por lo menos, al cero punto trece por ciento de la lista nominal de electores, en los términos que señalen las leyes” (DOF, 09/08/2012).

En su exposición de motivos, la diputada Olga Elizondo sostiene que, desde la entrada en vigor del derecho de Iniciativa Ciudadana, este mecanismo de democracia directa ha sido poco utilizado por la ciudadanía, puesto que la Constitución exige alrededor del 0.13% de firmas de apoyo de ciudadanos registrados la lista nominal de electores vigente, que actualmente significa 117 mil firmas aproximadamente.

Menciona que existen dificultades procedimentales para hacer efectivo el desahogo de esas iniciativas, puesto que no hay certeza de los plazos para su análisis, dictaminación, discusión y votación, lo que ha ocasionado que “las iniciativas ciudadanas sean guardadas en el cajón de la ignominia” (sic), a pesar de que ese derecho ciudadano lleva implícita la obligación de las y los legisladores de someterlas al proceso legislativo.

De las 15 iniciativas ciudadanas presentadas ante la Cámara de Diputados o el Senado de la República, entre septiembre de 2015 y septiembre de 2019, solo ha sido aprobada la llamada “Ley #3De3” (DOF, 18/07/2016); sin embargo, esta iniciativa estuvo sujeta a múltiples modificaciones por los poderes Legislativo y Ejecutivo.

De las restantes, cinco aún están pendientes de dictamen; una retirada por el ciudadano promovente; seis dictaminadas en sentido negativo; una desechada debido a la omisión de las Comisiones dictaminadoras de cumplir con los plazos establecidos, y una fue desechada en el pleno del Senado, aunque el dictamen había sido aprobado en comisión.

Así, la diputada representante de Tamaulipas pretende que la Iniciativa Ciudadana cuente con los mismos plazos para su discusión, análisis y aprobación que la iniciativa preferente del presidente de la República. Propone que con la adición de un artículo 133 BIS, la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos establezca que, una vez que la autoridad electoral comunique a la presidencia de la cámara de origen sobre el cumplimiento de las firmas de apoyo necesarias, se agilice el proceso de dictaminación en un plazo no mayor a 30 días naturales, así como su discusión y votación en el Pleno.

Según el proyecto de reforma, en caso de vencerse el plazo legal y no exista un dictamen, inmediatamente la Mesa Directiva deberá emitir la declaratoria de publicidad para su discusión y votación en sus términos en el Pleno. De ser aprobada, la Iniciativa Ciudadana deberá ser enviada en forma de minuta a la cámara revisora, cuyo procesamiento deberá cumplir los mismos plazos y condiciones que en la cámara de origen. En caso de que la minuta sea ratificada en sus términos por la cámara revisora, se remitirá al Ejecutivo para su publicación inmediata en caso de que no tuviere observaciones.

La diputada Olga Elizondo afirmó que la aprobación de esta propuesta legislativa aseguraría la eficacia del proceso legislativo de las iniciativas presentadas por las y los ciudadanos, y la plena garantía de este derecho. Además, la ciudadanía estaría en posibilidades reales de “incidir de manera directa en el proceso de formación y actualización del andamiaje jurídico mexicano, así como colocar en el centro de las agendas legislativas sus problemas, causas y necesidades”, puntualizó.

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