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Aprueban reformas para implementar un Gobierno Digital en Tamaulipas

En el marco de cierre, del último periodo de la Sexagésima Tercera Legislatura de Tamaulipas, se aprobaron un total de 116 Dictámenes, en los cuales resaltan reformas  constitucionales, así como la Minuta en materia de prisión preventiva oficiosa.

Se reformó la Constitución Política de Tamaulipas, para implementar el Gobierno Digital, como una política de Estado que contribuirá al crecimiento y desarrollo de la entidad, por lo que el Congreso del Estado, deberá expedir la ley en la materia.

El Diputado Glafiro Salinas Mendiola, destacó que hoy en día, el uso de plataformas tecnológicas constituye el soporte para las funciones de Gobierno, permitiendo a éste una cercanía con su gente y contribuir a la simplificación de los procesos administrativos que requieren las y los ciudadanos.

Comentó que con la expedición de la Ley en materia de Gobierno Digital, se podrán establecer los mecanismos institucionales y jurídicos necesarios, que permitan la implementación, ejecución y consolidación de esta política pública en los ámbitos estatal y municipal, con lo cual se avanzará y fortalecerá en la materia a nivel local.

“El Gobierno Digital, es una política pública que contribuirá al crecimiento y desarrollo de la entidad, promoviendo el uso estratégico de las tecnologías de la información y comunicaciones en todos los órganos del Estado, con el fin de mejorar las condiciones y la calidad de vida de los habitantes de Tamaulipas”, abundó.

En el desarrollo de los trabajos de este domingo, el Pleno Legislativo, aprobó la Minuta que modifica el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de prisión preventiva oficiosa, incorporando diversos delitos que ameritan esta medida.

Se agregó al catálogo de delitos, que ameritan prisión preventiva oficiosa, el de abuso o violencia sexual contra menores, feminicidio, robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, así como el de corrupción, relativo al enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones.

También, se adhieren los de robo al transporte de carga; en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos; los referentes a desaparición forzada de personas y cometida por particulares; al igual que los concernientes a armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea.

En la Minuta se destaca que la prisión preventiva oficiosa, no es una medida punitiva, sino cautelar, la cual no se establece de manera arbitraria e inmediata a la detención, misma que ya fue declarada valida y publicada en el Diario Oficial de la Federación, formando parte del texto vigente de la Constitución Política Federal.

Asimismo, se aprobaron las reformas a la Constitución Política del Estado, con el propósito de establecer que en la primera quincena de marzo de cada año, en Sesión Pública y Solemne, se reciba el informe del titular del Poder Ejecutivo, sobre el estado que guarda la Administración Pública a su cargo.

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